El decreto de desclasificación de archivos es inconstitucional
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Tras la resolución del juez de la causa AMIA, Rodolfo Canicoba Corral, a favor del decreto de desclasificación de archivos 299/17, el cual le devuelve el control de dicha documentación al Poder Ejecutivo Nacional, MEMORIA ACTIVA, agrupaciones de familiares y la Unidad Fiscal de Investigación, presentaremos ante la Sala I de la Cámara Federal nuestros argumentos de apelación y pediremos se declare la inconstitucionalidad de dicho decreto.
La audiencia se llevará a cabo este martes 12 de septiembre a las 11.30 y allí expondremos también acerca de la visible arbitrariedad con la que Canicoba Corral planteó su rechazo a la inconstitucionalidad pedida, en un proceso por demás desprolijo, en el que el juez no valoró ni trató los argumentos de las partes, algo que representa su obligación constitucional.
¿Qué determina el decreto 229/2017?
El decreto dictado el 6 de abril del 2017 por el presidente Mauricio Macri de desclasificación de archivos relativos a la investigación del atentado a la AMIA, limita el control de la Unidad Fiscal de Investigación sobre los archivos desclasificados de la causa AMIA, y le da intervención en esa tarea a la Unidad Especial AMIA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hoy a cargo de Mario Cimadevilla, y a la Agencia Federal de Inteligencia, implicada en el encubrimiento del atentado.
Es decir que, bajo la excusa de solucionar los problemas de desclasificación pendientes, el decreto dispone que los documentos de la causa queden en manos del Poder Ejecutivo Nacional, lo que demuestra una voluntad deliberada del gobierno de interferir y paralizar un proceso que avanzaba bajo el control y trabajo de la Unidad Fiscal y el Grupo Especial de Relevamiento y Análisis Documental GERAD.
A su vez, contrariamente a lo difundido por el gobierno y los medios de comunicación, esta normativa no abarca al total de los archivos a desclasificar sino que aún quedan pendientes numerosos pedidos de información solicitados por los fiscales de la causa a diversas dependencias de seguridad e inteligencia.
¿Por qué el decreto es inconstitucional?
Porque el decreto dispone cambios institucionales que paralizan una fase del proceso de desclasificación que venía desarrollando el equipo GERAD a partir de la sanción del decreto 395/2015.
Así, se incumple la obligación internacional asumida por el Estado argentino a través del decreto 812/05 de relevar los archivos del caso, y se viola el principio de no regresividad, derivado de tratados internacionales con jerarquía constitucional. Esto es que el Estado no puede retroceder en la garantía de un derecho humano, como es aquí el acceso a la justicia y a la verdad a través de la desclasificación de información.
Por otra parte, el decreto 229 habilita al PEN a quitarle al Ministerio Público Fiscal (UFI-AMIA), la custodia legal de la documentación.
Si tal como expresan desde el gobierno, la intención es efectivamente colaborar con la investigación, debiera entonces ponerse a disposición de la justicia como auxiliar y responder a los requerimientos concretos que la UFI le hace a la Unidad Especial de Investigación (Ministerio de Justicia y DDHH) y no contesta.
La apertura de archivos históricos que podrían arrojar luz sobre los hechos vinculados al atentado contra la AMIA y su encubrimiento, es un reclamo que hace años hacemos los familiares de las víctimas. La obligación de garantizar el avance del proceso de desclasificación en condiciones de transparencia y accesibilidad a las partes es responsabilidad del Estado y es un derecho de los familiares y de la sociedad en su conjunto el conocer la verdad y obtener justicia.